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Equipaje de mano

Equipaje de mano

Se considera equipaje de mano a todo artículo de propiedad personal de los pasajeros o tripulantes que se transportan en la cabina de pasajeros mediante convenio con el explotador.


Artículos permitidos en el equipaje de mano.

  • Dinero, cheques, joyas y perfumes.

  • Ipods, ipads, reproductores MP4 y MP3.

  • Calculadoras, computadoras personales y tablets.

  • Documentos personales.

  • Vajillas, cerámicas y botellas con licor.

  • Gafas o lentes.

  • Cintas de películas y cassette de videos.

  • Celulares, cargadores.

  • Discos compactos, discos Blu-ray.

Recuerde no incluir.

  • Envases contentivos de líquido o gel debe ser menor a 100 ml

  • Los envases deben estar dentro de una bolsa plástica transparente de cierre hermético.

  • Artículos punzo penetrantes.

  • Armas de fuego y municiones


En ningún caso la aerolínea se responsabiliza por pérdida o deterioro de bultos de equipaje que se lleven como efectos de mano, al menos que esos casos ocurran por causas evidentemente imputables a la Empresa.