Requisitos migratorios

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Doble Nacionalidad

Todo ciudadano(a) venezolano(a) que posea otra nacionalidad, puede hacer uso de la misma para salir del territorio nacional cumpliendo el procedimiento establecido por las autoridades del servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjeria (SAIME).


Documentos a ser presentados al momento del viaje:

  • Pasaporte válido y vigente.
  • Cédula de identidad.
  • Permiso de la coordinación de asuntos fronterizos Acuáticos y Aéreos, Dirección de Migración.

  • Documentos a ser presentados ante la oficina del SAIME para solicitar el permiso de salida del territorio nacional con pasaporte de otra nacionalidad:

  • Obligatorio pasaporte venezolano válido y vigente.
  • Pasaporte de su segunda nacionalidad válido y vigente.
  • Cédula de identidad.
  • Acta de nacimiento (niño o niña menor de 9 años).
  • Boleto aéreo electrónico.
  • Autorización de viaje del niño(a) o adolecente, u otro documento que le permita su salida dependiendo del caso en particular y lo establecido por la legislación correspondiente.

  • Venezolano

  • Pasaporte venezolano vigente o vencido.
  • Cédula de identidad.

  • Ciudadano venezolano con doble nacionalidad

  • Pasaporte de su segunda nacionalidad vigente.
  • Cédula de identidad.
  • Cuando su segunda nacionalidad sea algún país que NO se encuentre beneficiado con la supresión de visado consular en pasaporte ordinario, se le permite la entrada al territorio nacional si la exigencia del mencionado requisito, motivado que ninguna autoridad consular puede otorgar visa de turista a un connacional.

  • Extranjeros con categoria de migrante temporal

  • Pasaporte de nacionalidad ordinaria
  • Visa de transeúnte vigente (en caso de estar vencida no puede ser mayor a 30 días).
  • Cédula de identidad para extranjeros, todo extranjero(a) con condición de migrante temporal transeúnte quienes hayan salido del país con visa vencida mediante la presentación de un acta de renovación (recuentro y prorroga) emitida por la oficina de extranjería SAIME, y cuya permanencia en el exterior sea superior a los 90 días deberán tramitar el visado correspondiente, si aplica, para su entrada en el territorio venezolano.

  • Extranjero con categoria de migrante permanente residente

  • Pasaporte de nacionalidad originaria vigente.
  • Visa de transeúnte vigente (en caso de estar vencida no puede ser mayor a 06 meses).
  • Cédula de identidad para extranjeros.
  • Todo extranjero(a) migrante permanente en Venezuela, que haya permanecido un tiempo mayor a 02 años fuera del territorio nacional y su visa de condición se encuentre vigente, se le permite la entrada al país, quedando a potestad de la dirección de extranjería el reconocimiento de su condición.
  • En caso de ser nacional de un país que NO goce del beneficio de supresión de visado para no migrante (turista) en pasaporte ordinario, debe tramitar la visa de reingreso ante la representación consular de Venezuela en su país de origen.

  • Extranjero con categoría de NO migrante (turistas)

  • Pasaporte válido y vigente por un período mínimo de 06 meses.

  • Documento de viaje aceptado en vuelos domésticos (Resolución emitida por SAIME 04 noviembre 2022)

  • Todo aquel venezolano que requiera viajar por vía aérea dentro del territorio nacional, debe presentar su cédula de identidad como principal documento de identificación personal, bien se encuentre vigente o vencida. No está permitido para viajes nacionales identificarse con pasaporte, copia de la cédula de identidad, constancia de extravío de documentos, licencia de conducir o carnet institucionales. Dicha acción se encuentra estipulada en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación.
  • Aquellos pasajeros venezolanos que ingresan al país en vuelos internacionales con pasaporte pero tienen vuelos nacionales en conexión con otras ciudades distintas a la de su arribo al país y que para el momento de su llegada no posean cédula de identidad, pueden llegar a su destino final y luego hacer los tramites correspondientes de emisión o renovación de la cédula de identidad.
  • En el caso de los extranjeros que presentan una condición de permanencia, los mismos deben presentar su cédula de identidad laminada (vigente o vencida). Si estos se encuentran en situación de turista, poseer su pasaporte vigente.
  • Información Importante: Todos los pasajeros que deseen ingresar al Territorio Venezolano a través de nuestras rutas internacionales, deben contar obligatoriamente con pasaporte válido y vigente para la adquisición del boleto. Es importante destacar que los Documentos de Viajes a Venezuela (salvoconductos) no serán aceptados como documentos válidos para el ingreso al país. Los pasajeros provenientes de los países que integran MERCOSUR, pueden ingresar a Territorio Venezolano con cédula de identidad vigente.
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    Vuelos Nacionales (Venezuela)
    • Documento Obligatorio: Todo venezolano debe presentar su cédula de identidad laminada (vigente o vencida).
    • Restricciones: No se permite viajar con pasaporte, copias de cédula, denuncias de extravío, licencias de conducir o carnets institucionales.
    • Conexiones Internacionales: Pasajeros que arriben en vuelos internacionales con pasaporte y tengan conexiones nacionales pueden completar su viaje. Si no poseen cédula al llegar, deberán realizar el trámite de emisión o renovación posteriormente.
    • Extranjeros: Aquellos con condición de permanencia deben presentar cédula de identidad laminada (vigente o vencida). Los turistas deben presentar su pasaporte vigente.
    Ingreso a Territorio Venezolano
    • Pasaportes Extranjeros: Mínimo de 90 días de vigencia desde el arribo.
    • Estadía de Turista: Máximo 90 días.
    • Conexión Internacional: Máximo 24 horas en zona estéril para proseguir a destino final.
    • Visado Obligatorio: China, República Dominicana, Siria, Líbano, Nigeria, Panamá, EEUU, Honduras, Haití, Ucrania, El Salvador, Guatemala, Chile, Perú, Medio Oriente, entre otros.
    • Excepción de Visado (Catar): Ciudadanos de Catar exentos hasta 90 días para recreación, salud o actividades no remuneradas.
    • Países MERCOSUR: Permitido el ingreso con Cédula de Identidad vigente.
    • Documentación Adicional: Presentar carta de invitación notariada o reservación de hotel/estadía.
    Documento de Viaje Electrónico (Venezuela)

      Implementado desde el 1 de junio de 2026 para ciudadanos venezolanos que no cuentan con pasaporte vigente.

    • Propósito: Garantizar la movilidad internacional conforme a convenios internacionales.
    • Validez: Incluye código QR de alta densidad para verificación en el portal del Ministerio de Relaciones Exteriores. https://documentodeviaje.mppre.gob.ve/
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    • Registro Digital Obligatorio: Formulario en línea 72 horas antes de la llegada (https://travelform.gov.bb/create).
    • Venezolanos: No requieren visa; permanencia de hasta 28 días.
    • Pasaporte: Válido por la duración del viaje.
    • Soporte de Viaje: Boleto de regreso, dirección prevista, evidencia de sustento personal.
    • Menores: Niños menores de 18 años sin padre/tutor requieren carta de autorización.
    • Aprobación de Visa: Tramitar ANTES de reservar vuelo.
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    • Pasaporte: Válido y vigente (mínimo 6 meses de vigencia). Excepción: Ciudadano cubano sin prórroga vigente en pasaporte solo puede ingresar con carnet de identidad vigente.
    • Visa: Visa de turista válida para una sola entrada obligatoria.
    • Estadía: Máximo de 30 días para turistas (extensible hasta 90 días).
    • Soporte de Viaje: Boleto de ida y vuelta, solvencia económica y carta de invitación o reservación de hotel.
    • Boletos Solo Ida: Permitido únicamente si el pasajero demuestra residencia temporal o permanente en el país de destino.
    • Formulario de Salud: Llenado digital obligatoria siete (07) días antes de la salida en www.dviajeros.mitrans.gob.cu.
    • Sanidad: Vacunación contra fiebre amarilla requerida si se llega desde Angola, Brasil o Congo (Rep. Dom.).
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    • Pasaporte: Vigente durante la estadía. Nacionales mexicanos: pasaporte válido (sin importar vigencia), acta de nacimiento, carta de naturalización, INE o credencial para votar.
    • Estadía: Máximo 180 días para ciudadanos venezolanos.
    • Visa para venezolanos: Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (estampada en pasaporte ordinario).
    • Visas de otros países: Requerida para El Salvador, Ecuador, Rep. Dominicana, Guyana, Cuba, Nicaragua, Perú (desde 20-04-24). Consultar lista oficial.
    • Excepciones de Visa para el ingreso a los Estados Unidos Mexicanos: Personas con visa válida y vigente de Estados Unidos, Canadá, Japón, Reino Unido, o cualquier país del espacio Schengen (múltiples entradas). Residencia permanente en países miembros de la Alianza del Pacífico: Colombia, Chile.
    • Pre-registro obligatorio para colombianos (Vía aérea): A partir del 01 de abril del 2022, todos los ciudadanos colombianos que ingresen a México por vía aérea deben realizar un pre-registro obligatorio para generar un código QR y obtener su Forma Migratoria Múltiple. https://www.inm.gob.mx/spublic/portal/inmex.html   https://www.gob.mx/inm#1839
    • Soporte de Viaje: Boleto ida y vuelta, solvencia económica, invitación/hotel.
    • Boletos Solo Ida: Solo permitido para RESIDENTES PERMANENTES o TEMPORALES (presentar documentos vigentes).
    • Formatos en Vuelo: Declaración de Aduana y Declaración de Divisas (si excede USD$ 10,000.00).
    • Sanidad: Certificado de fiebre amarilla recomendado para brotes activos (Brasil, África) con 10 días de incubación.
    • Asistencia Consular: Línea de apoyo al ciudadano mexicano (24h) Telf. 0412-252.46.75
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    • Pasaporte: Válido y vigente (mínimo 6 meses de vigencia).
    • Estadía: Tiempo máximo de turista es 90 días.
    • Visa: Venezolanos requieren visa autorizada por consulado. Pasajeros de nacionalidad cubana, países de África y Asia con interconexión internacional deben presentar visa estampada.
    • Disposición 001-2026 (Ciudadanos Cubanos): Visa consultada sin costo.
    • Requisitos tramitados vía: https://tramitesconsulares.mint.gob.ni: Pasaporte físico (mín. 6 meses vigencia), hoja de biodatos y sellos de movimientos migratorios, solvencia económica, constancia laboral, boleto ido/vuelta, reserva de alojamiento/invitación, itinerario detallado, antecedentes penales y contacto en Nicaragua.
    • Sanidad (Fiebre Amarilla): Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla obligatorio (mínimo 10 días de inoculación antes del ingreso).
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