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1. El cargo para transporte de animales domésticos acompañados será la tarifa normal de exceso de equipaje. En el equipaje libre permitido no se podrá incluir al animal. 2. A excepción de ciertos casos, podrá ser transportado en la cabina, de aviones de cuerpo ancho, o en el compartimiento de carga sin cobro alguno, los siguientes animales: 4. Como regla general los animales deben ser transportados como equipaje en la bodega de carga del avión, no en la cabina de pasajeros. Por petición específica se podrá aceptar una mascota para ser transportada en cabina, debiéndose observar las reglas siguientes: Todo pasajero que tenga como parte de su equipaje animales vivos deberá presentar el respectivo certificado zoosanitario de exportación otorgado por el Ministerio de Agricultura y Tierra a través de la Oficina de Sanidad Animal y Vegetal. |





